Tickets restaurante o comedor de empresa en la nómina
Es la comida que te paga la empresa, en su propio comedor o mediante tickets, vales o una tarjeta restaurante.
¿Por qué aparece en tu nómina?
La ley lo trata como la entrega de productos a precio rebajado en el comedor de la empresa, y por eso está exento de IRPF hasta un límite diario.
¿Cómo se calcula?
La empresa pone a tu disposición un importe por cada día hábil. Lo que no pasa del límite diario está exento de IRPF; el exceso de cada día se suma como retribución en especie que sí tributa.
¿Cómo aparece en tu nómina?
Los programas de nóminas lo imprimen de estas formas. Si ves algo parecido en la tuya, es esto.
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Ten en cuenta
- El límite exento es de 11 euros al día. Lo que se supere en un día concreto cuenta como retribución en especie que tributa, y no se compensa con los días en que no llegas al límite.
- Solo cuenta en días hábiles para ti, y no puede coincidir con días en los que cobras dieta de manutención exenta.
- Los vales y tarjetas tienen que ser nominativos e intransferibles, servir solo en establecimientos de hostelería, no poder cambiarse por dinero, y lo no consumido en un día no se acumula al siguiente.
- Desde 2020 la exención cubre también la comida que recoges o que te entregan fuera del restaurante, incluidos los días en que trabajas a distancia.
- Estar exenta de IRPF no es estar exenta de cotización: la base de cotización incluye la retribución en especie, y estas exenciones no están en la lista de conceptos que no cotizan.
Preguntas que suele traer
- ¿Por qué mi base de cotización es distinta del bruto?
Consultar la fuente oficial: Ley del IRPF, artículo 42 (BOE) · Reglamento del IRPF, artículo 45 (BOE) · Ley General de la Seguridad Social, artículo 147 (BOE)
Míralo en tu propia nómina
Sube tu nómina y te señalamos esta línea en el documento, con las cuentas comprobadas. Se lee en tu navegador: el archivo no se sube a ningún servidor.
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